CAPITULO I
Disposiciones Generales
Art.
1. El presente Reglamento establece las directrices y bases de la
Unidad Educativa Colegio Libertadores de América para determinar el
normal funcionamiento de la Institución.
Art. 2. El Colegio
tiene como finalidad fundamental el desarrollo de la personalidad del
estudiante que ingrese a esta institución y lograr de él (ella) un
estudiante sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad
democrática, justa y libre.
CAPITULO II
De los Padres, Representantes o Responsables
Art.
3. Los Padres, representantes o responsables tienen el deber y el
derecho de orientar a los alumnos y adolescentes en el ejercicio
progresivo de sus derechos y garantías así como el cumplimiento de sus
deberes, de forma que contribuya a su desarrollo integral y a su
incorporación a la ciudadanía activa.
Art. 4.
Responsabilizarse de la vigilancia de sus hijos en relación con los
siguientes aspectos: buenas costumbres dentro y fuera del plantel,
honradez y estudio.
Art. 5. Colaborar con la Dirección del
Colegio en apoyo de una puntual asistencia y un mayor aprovechamiento en
los estudios del alumno.
Art. 6. Colaborar en la institución,
a través de donativos que sirvan de apoyo a las actividades académicas o
administrativas del plantel.
Art. 7. Justificar de inmediato y por escrito, las faltas de asistencia.
Art. 8. Dotar al alumno de los uniformes, libros y útiles escolares que solicite el Colegio.
Art.
9. Proporcionar a la Escuela una información completa sobre familia,
alumnos, domicilio, teléfono de la casa y oficina. Esta información
deberá estar actualizada, si los datos llegaran a modificarse.
Art.
10. Concurrir a los llamados de la Dirección del Colegio, de los
Maestros, así como de la Sociedad de Padres de Familia, el día y horas
señalados; en caso contrario el alumno podrá ser suspendido
temporalmente del Colegio hasta que se presente el padre, representante o
responsable.
Art. 11. Pagar los desperfectos que, por negligencia o en forma intencional, ocasione el alumno: en el mobiliario o edificio.
Art. 12. Prestar atención al estado de salud del alumno, con el objeto de que éste realice sus estudios en mejores condiciones.
Art. 13. Estimular en el alumno los hábitos de estudio, de trabajo y disciplinarlos.
Art. 14. Firmar puntualmente las calificaciones del alumno, que se entregarán en la fecha correspondiente.
Art.
15. Colaborar con la disciplina del Colegio, atendiéndose a los
horarios fijados por la Dirección o el Maestro para tratar cualquier
asunto.
Art. 16. Retirar al alumno a la hora establecida por la Dirección.
Art. 17. Colaborar a la hora de entrada y salida estacionando su auto correctamente a fin de no obstaculizar las vías de acceso.
Art.
18. Acudir inmediatamente al Colegio, cuando su hijo obtenga bajas
calificaciones con el fin de analizar la causa que las haya motivado.
Art.
19. Al solicitar permisos especiales o justificar ausencias, deberán
hacerlo por medio de un escrito firmado. No se admiten disculpas o
solicitudes por vía telefónica.
Art. 20. La mensualidad deberá cubrirse, a más tardar, el día 10 del mes en curso.
CAPITULO III
De los Alumnos
A) Asistencia y Puntualidad:
Art.
21. Deberán asistir diario y puntualmente a las clases y a todas las
actividades escolares que, con carácter de obligatorias se realicen
dentro o fuera del plantel.
Art. 22. Se estimará como retardo, la presentación del alumno hasta diez (10) minutos después del llamado del timbre.
Art.
23. Ningún alumno podrá permanecer fuera del salón de clases durante el
transcurso de las mismas. Para hacerlo necesitará la autorización del
Maestro o del Director de la Escuela.
Art. 24. Se necesita un mínimo de 75% de asistencia a clase para tener derecho a las evaluaciones.
Art.
25. Las faltas de asistencia o puntualidad, justificadas o
injustificadas, serán objeto de registro en el expediente de cada
alumno.
B) De los Deberes y Derechos
Deberes
Art. 26. Respetar la efigie del Libertador y los Símbolos de la Patria como valores de la nacionalidad.
Art. 27. Deberán manifestar, en todo momento, respeto y atención a todo el personal docente, administrativo y de servicio.
Art.
28. Es obligatorio el uniforme para el alumno de Básica I, II, III
Etapas y Media Diversificada. En todo caso cuidarán de presentarse en la
Escuela limpios en su persona y en sus ropas.
Art. 29. Observarán la debida compostura en palabras y actitudes, dentro y fuera del plantel.
Art.
30. Queda prohibida de manera categórica la introducción al Colegio de
sustancias y objetos de manejo delicado o peligroso, así como revistas y
material inconveniente.
Art. 31. Evitar traer a la Escuela objetos de valor o fuertes cantidades de dinero.
Art. 32. Evitarán dentro de las aulas todo procedimiento que impida la buena marcha de las clases.
Art.
33. Cada alumno deberá hacerse responsable de la conservación y buen
uso de los libros, útiles, uniformes y demás objetos necesarios para las
clases.
Art. 34. Todo Alumno debe procurar la conservación
del aseo de toda la escuela y evitar la destrucción del mobiliario,
instalaciones, equipo escolar, etc. Cualquier destrucción intencional
del material escolar, ocasionará la suspensión del alumno, previo pago
de los daños.
Art. 35. El alumno se responsabilizará del aseo
de sus salones y anexos en forma directa, con la finalidad de crear
hábitos formativos y de servicio a la comunidad.
Art. 36. Constituye una grave falta la alteración de calificaciones y documentos escolares.
Art.
37. El trato con los compañeros deberá ser siempre cordial, respetuoso,
evitando en todo momento las burlas, malos tratos, el lenguaje obsceno,
el apodo y la realización de actos que comprometan la salud de algún
miembro de la comunidad escolar.
Art. 38. Deberá respetar los útiles y objetos de uso personal de los demás compañeros.
Art.
39. Las faltas y obligaciones no previstas en este reglamento serán
dadas a conocer en el transcurso del año escolar y solucionadas a
criterio de la Dirección o del Consejo del Colegio.
Art. 40.
Las campañas de higiene y salubridad que la escuela realice, deberán ser
apoyadas por los padres, representantes, responsables y alumnos.
Art. 41. El Padre de familia y el alumno cooperarán con la institución, en las actividades extraescolares que se programen.
Derechos
Art. 42. Derecho a ser respetado por todas las personas que forman la institución educativa.
Art. 43. Derecho a ser informados oportunamente de los reglamentos disciplinarios.
Art. 44. Antes de cualquier sanción debe garantizarse al niño o adolescente el derecho a opinar y a la defensa.
Art. 45. Se prohíben sanciones corporales.
C) De las Faltas y Sanciones
Faltas
Art.
46. Cuando obstaculicen o interfieran en el normal desarrollo de las
actividades escolares o alteren gravemente la disciplina.
Art.
47. Actos violentos de hecho o palabra contra cualquier miembro de la
comunidad educativa, profesores, administrativos u obreros.
Art.
48. Cuando provoquen desordenes durante la realización de cualquier
prueba de evaluación o participen en hechos que comprometan su eficacia.
Art. 49. Cuando deterioren los locales, dotaciones y demás bienes del ámbito escolar.
Sanciones
Las faltas serán sancionadas según su gravedad con:
Art. 50. Amonestación privada.
Art. 51. Anotación en el expediente del alumno, con copia al padre, representante o responsable.
Art.
52. Llamado al padre, representante o responsable para que reciba
informes de la conducta del alumno y, para solicitar de él (ella) la
cooperación del hogar.
Art. 53. Separación de las clases hasta
por una semana, con anotación en el expediente y aviso al padre,
representante o responsable.
Art. 54. Impedimento para
inscribirse en el año escolar siguiente, cuando el (la) maestro (a) del
alumno o cualquier otro maestro del plantel, lo señalen como
notoriamente desaplicado, faltista o de mala conducta. Previa decisión
del Director.
Art. 55. Retiro del lugar donde se realice la prueba y anulación de la misma.
Art. 56. Retiro Temporal del plantel, aplicada por el director.
Art. 57. Expulsión del plantel hasta por un año, aplicada por el consejo de profesores.
Art. 58. Expulsión del plantel hasta por dos años, aplicada por el M.E.D.
D) De los requisitos de admisión
Art. 59. La Dirección del platel se reservará el derecho de admisión y selección de los alumnos.
Art.
60. No se admiten los alumnos en calidad de oyentes, irregulares o de
bajas calificaciones, procedentes de otros planteles educativos.
Art.
61. Todo aspirante de primer ingreso, deberá presentar a la dirección
una carta de buena conducta del plantel de donde procede, el boletín de
calificaciones (todas aprobadas) debidamente regularizadas o en su
defecto las notas certificadas y, someterse a las pruebas de admisión
que las autoridades del plantel juzgan convenientes.
Art. 62. Se dará prioridad de inscripción a los alumnos del colegio que hayan aprobado.
Art. 63. Aún aprobado, cualquier alumno podrá perder su derecho a reinscribirse por faltas graves o continuas, al reglamento.
Art.
64. Los padres, representantes o responsables deberán inscribir a sus
representados dentro del plazo que señale la Dirección del plantel. De
otra forma se exponen a perder el derecho de inscripción.
E) De la presentación personal de los alumnos (as)
Traje escolar
Art.
65. La chemise o camisa blanca, azul o beige, según el caso, con la
insignia perfectamente adherida, pantalón de gabardina azul marino para
los varones y para las hembras falda del mismo color, medias blancas y
calzado negro.
PARAGRAFO ÚNICO. Al realizar actividades dentro del instituto deben estar vestidas (os) adecuadamente.
Para Educación Física o Deporte
Art.
66. La franela blanca identificada con el logotipo del colegio, mono
azul marino sin rayas ni aditivos en otros colores, medias blancas y
calzado deportivo blanco.
Accesorios
Art. 67. Los varones deben asistir con un corte de cabello adecuado. Se prohíbe el uso de zarcillos, collares, etc.
Art.
68. Se permiten accesorios para las hembras como cintillos, colas,
pulseras en los mismos colores del uniforme y acordes a la edad. Se
prohíbe el uso de maquillaje excesivo, tintes llamativos y piercing.
CAPITULO IV
De los Docentes
En relación consigo mismo
Art.
69. Actualizarse y perfeccionarse en su profesión e investigar los
recursos didácticos más apropiados para el trabajo escolar de cada día.
Art. 70. Asistir con puntualidad a las clases y reuniones para las que fuera convocado.
Art. 71. Vigilar a los alumnos en los recreos y recesos.
En relación con los alumnos
Art. 72. Respetar la personalidad de cada estudiante.
Art. 73. Intentar escucharle, comprenderle y ayudarle.
Art. 74. No hacer distinciones entre los alumnos.
Art. 75. Preocuparse por sus condiciones ambientales.
Art. 76. Individualizar la enseñanza acomodándose a los conocimientos y características de cada alumno.
En relación con el plantel
Art. 77. Cumplir con el reglamento interno y cumplir con sus preceptos.
Art. 78. Acatar las decisiones de los Consejos Docentes (Art. 82 RGLOE) y de las autoridades educativas.
Art. 79. Cooperar con el mantenimiento y buen uso del material e instalaciones del plantel.
Art. 80. Colaborar en el mantenimiento del orden y la disciplina dentro del recinto escolar.
En relación con los padres
Art. 81. Mantener contactos periódicos y sistemáticos con los padres de los alumnos, dentro del horario previsto para este fin.
Art. 82. Recibir la visita de los padres cuando lo soliciten, cumpliendo los horarios y normas establecidas para el caso.
Art. 83. Entregar los boletines de evaluación en los periodos establecidos.
Art. 84. Solicitar la justificación de las ausencias y salidos del plantel por parte de los alumnos.
CAPITULO V
De la disciplina de las personas que integran el personal obrero, administrativo y docente
Art.
85. La disciplina de las personas que integran el personal obrero,
administrativo y docente de la institución educativa se regula por el
ordenamiento jurídico y normativa aplicable que les corresponda según el
caso.
hola me llamo alejandro me gustaria saber si el colegio es seguro yo estoy en el liceo lucas guillermo y hay muchos malandros y abusores
ResponderEliminarhola me llamo alejandro me gustaria saber si el colegio es seguro yo estoy en el liceo lucas guillermo y hay muchos malandros y abusores
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